Bancarrota

22/09/2009 535 Palabras

El término bancarrota, en sentido amplio, da idea de descrédito o desastre de una doctrina o sistema, por ejemplo, del orden monetario basado en el patrón oro. En su acepción más estricta, ceñida al ámbito comercial, la bancarrota o quiebra se refiere al procedimiento legal que habrá de seguirse para la liquidación del patrimonio del deudor comerciante, tanto si se trata de una persona física como de una empresa, cuando su activo, es decir, la masa de todos sus bienes y derechos resulta inferior a su pasivo exigible, u obligaciones con terceros. La bancarrota se distingue de otra situación similar, la suspensión de pagos, en que en ésta, aunque el activo es superior al pasivo, temporalmente la liquidez (dinero en efectivo, derechos y existencias realizables) no permite al deudor pagar las deudas a su vencimiento. La insolvencia o incapacidad total de pago que da lugar a la bancarrota puede ser fortuita -como consecuencia de una crisis económica o de una gestión...

Este sitio web utiliza cookies, propias y de terceros con la finalidad de obtener información estadística en base a los datos de navegación. Si continúa navegando, se entiende que acepta su uso y en caso de no aceptar su instalación deberá visitar el apartado de información, donde le explicamos la forma de eliminarlas o rechazarlas.
Aceptar | Más información